Patricio Mora Quiñones
Director de Obras MunicipalesLa Dirección de Obras Municipales, es una unidad asesora y operativa en materias relativas al Plan Regulador Comunal, permisos de edificación, a tareas de inspección, ejecución de proyectos de inversión regional y del municipio.
Es también una unidad resolutiva, en materias que la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización entreguen exclusivamente a su competencia y decisión.
La Dirección de Obras Municipales deberá cumplir las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos.
Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción.
Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción.
Recepcionar las obras ya citadas y autorizar su uso.
b) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural según plan regulador.
f) Dirigir las construcciones de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de Terceros,
g) Aprobar factibilidades de patentes comerciales
h) Aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
Así, de la Dirección de Obras Municipales dependerán directamente las siguientes dependencias: